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MANUAL DE POLITICAS Y
PROCEDIMIENTOS

Fecha Elaboración: 8 de Mayo de 2017
Fecha Actualización: 27 de diciembre de 2022
 
 
1. Base legal y ámbito de aplicación

La política de tratamiento de la información se desarrolla en cumplimiento de los artículos 15 y 20 de la Constitución Política; de los artículos 17 literal k) y 18 literal f) de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la Protección de Datos Personales (LEPD); y del artículo 13 del Decreto 1377 de 2013, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley anterior.

Esta política será aplicable a todos los datos personales registrados en bases de datos que sean objeto de tratamiento por el responsable del tratamiento.

 

2. Definiciones establecidas en el artículo 3 de la LEPD y el artículo 3 del Decreto 1377 de 2013

  • Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el tratamiento de datos personales.
     
  • Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de tratamiento.
     
  • Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
     
  • Dato público: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.
     
  • Datos sensibles: Se entiende por datos sensible aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos.
     
  • Encargado del tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.
     
  • Responsable del tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el tratamiento de los datos.
     
  • Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de tratamiento.
     
  • Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
     
  • Aviso de privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el responsable, dirigida al Titular para el tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
     
  • Transferencia: La transferencia de datos tiene lugar cuando el responsable y/o encargado del tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su vez es responsable del tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.
     
  • Transmisión: Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un tratamiento por el encargado por cuenta del responsable.

 

3. Autorización de la política de tratamiento

De acuerdo al artículo 9 de la LEPD, para el tratamiento de datos personales se requiere la autorización previa e informada del Titular. Mediante la aceptación de la presente política, todo Titular que facilite información relativa a sus datos personales está consintiendo el tratamiento de sus datos por parte de FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA, en los términos y condiciones recogidos en la misma.

No será necesaria la autorización del Titular cuando se trate de:

  • Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones
  • legales o por orden judicial.
  • Datos de naturaleza pública.
  • Casos de urgencia médica o sanitaria.
  • Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos.
  • Datos relacionados con el Registro Civil de las personas.


4. Responsable del tratamiento

El responsable del tratamiento de las bases de datos objeto de esta política es FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA, cuyos datos de contacto son los siguientes:

  • Dirección: Cll 57 No. 48-28
  • Correo electrónico: contacto@fealianza.com
  • Teléfono: (604)3221027

 

5. Tratamiento y finalidades de las bases de datos

El FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA, en el desarrollo de su actividad empresarial, lleva a cabo el tratamiento de datos personales relativos a personas naturales que están contenidos y son tratados en bases de datos destinadas a finalidades legítimas, cumpliendo con la Constitución y la Ley.

La siguiente tabla (Tabla I) presenta las distintas bases de datos que manejan EL Fondo de Empleados y las finalidades asignadas a cada una de ellas.

Tabla I . Bases de datos y finalidades

Base de datos Finalidad
Empleados Gestiona todo lo relativo con los datos personales con la actividad de la empresa, tales como seguridad social, nomina, prestaciones sociales, reclutamiento y selección de personal.
Asociados Contar con la información de personas que tienen vínculos contractuales como asociados con nuestra entidad, a fin de poderles brindar los productos, servicios, actividades y auxilios con los que cuenta el Fondo de Empleados.
Deudores Solidarios Contar con la información de personas no asociadas al fondo con vínculos contractuales con el Fondo de Empleados Alianza, para la ejecución de procesos de cobranza en los casos en que se requiera.
Ex Asociados Contar con la información de personas que tuvieron vínculo con nuestra entidad como asociados en algún momento y que presentan compromisos crediticios vigentes, saldos pendientes por devolución en aportes o ahorros o se está ejecutando algún proceso de cobranza.
Proveedores Contar con la información de entidades, empresas y terceros que prestan sus servicios o venden sus productos al Fondo de Empleados o a sus asociados.
Parafiscales Contar con la información sobre las entidades a las cuáles el fondo de empleados como empleador, debe realizar aportes bajo la leyes nacionales vigentes



6. Derechos de los Titulares

De acuerdo con el artículo 8 de la LEPD y a los artículos 21 y 22 del Decreto 1377 de 2013, los Titulares de los datos pueden ejercer una serie de derechos en relación al tratamiento de sus datos personales.

Estos derechos podrán ejercerse por las siguientes personas.

  1. Por el Titular, quién deberá acreditar su identidad en forma suficiente por los distintos medios que le ponga a disposición el responsable.
  2. Por sus causahabientes, quienes deberán acreditar tal calidad.
  3. Por el representante y/o apoderado del Titular, previa acreditación de la representación o apoderamiento.
  4. Por estipulación a favor de otro y para otro.

Los derechos de los niños, niñas o adolescentes se ejercerán por las personas que estén facultadas para representarlos.

 

Los derechos del Titular son los siguientes:

Derecho de acceso o consulta:

Se trata del derecho del Titular a ser informado por el responsable del tratamiento, previa solicitud, respecto al origen, uso y finalidad que le han dado a sus datos personales.

Derechos de quejas y reclamos. La Ley distingue cuatro tipos de reclamos:

  • Reclamo de corrección: el derecho del Titular a que se actualicen, rectifiquen o modifiquen aquellos datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.
     
  • Reclamo de supresión: el derecho del Titular a que se supriman los datos que resulten inadecuados, excesivos o que no respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales.
     
  • Reclamo de revocación: el derecho del Titular a dejar sin efecto la autorización previamente prestada para el tratamiento de sus datos personales.
     
  • Reclamo de infracción: el derecho del Titular a solicitar que se subsane el incumplimiento de la normativa en materia de Protección de Datos.
     
  • Derecho a solicitar prueba de la autorización otorgada al responsable del tratamiento:
    salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el tratamiento de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la LEPD.
     
  • Derecho a presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones: el Titular o causahabiente solo podrá elevar esta queja una vez haya agotado el trámite de consulta o reclamo ante el responsable del tratamiento o encargado del tratamiento.

 

7. Atención a los Titulares de datos:

La Sra. Melisa Aristizabal Gallo con C.C. No. 32.242.463, del FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA será la encargada de la atención de peticiones, consultas y reclamos ante la cual el Titular de los datos puede ejercer sus derechos. Teléfono: (604)322 10 27, Correo electrónico: contacto@fealianza.com,  Pagina web: www.fealianza.com

 

8. Procedimientos para ejercer los derechos del Titular:

8.1. Derecho de acceso o consulta

Según el artículo 21 del Decreto 1377 de 2013, el Titular podrá consultar de forma gratuita sus datos personales en dos casos:

1. Al menos una vez cada mes calendario.

2. Cada vez que existan modificaciones sustanciales de las políticas de tratamiento de la información que motiven nuevas consultas.

Para consultas cuya periodicidad sea mayor a una por cada mes calendario, el FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA solamente podrá cobrar al Titular los gastos de envío, reproducción y, en su caso, certificación de documentos. Los costos de reproducción no podrán ser mayores a los costos de recuperación del material correspondiente. Para tal efecto, el responsable deberá demostrar a la Superintendencia de Industria y Comercio, cuando ésta así lo requiera, el soporte de dichos gastos.

El Titular de los datos puede ejercitar el derecho de acceso o consulta de sus datos mediante un escrito dirigido al FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA enviando mediante correo electrónico a contacto@fealianza.com, indicando en el Asunto “Ejercicio del derecho de acceso o consulta”, a través de correo postal remitido a la Cll 57 No 48-28 en la ciudad de Medellìn, o ingresando a la pagina web: www.fealianza.com opcion PQRS, donde la solicitud deberá contener los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos del Titular.
  • Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del Titular y, en su caso, de la persona que lo representa, así como del documento acreditativo de tal representación.
  • Petición en que se concreta la solicitud de acceso o consulta.
  • Dirección para notificaciones, fecha y firma del solicitante.
  • Documentos acreditativos de la petición formulada, cuando corresponda

El Titular podrá elegir una de las siguientes formas de consulta de la base de datos para recibir la información solicitada:

  • Visualización en pantalla.
  • Por escrito, con copia o fotocopia remitida por correo certificado o no.
  • Tele copia.
  • Correo electrónico u otro medio electrónico.
  • Otro sistema adecuado a la configuración de la base de datos o a la naturaleza del tratamiento, ofrecido por FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA.

Una vez recibida la solicitud, El FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA, resolverá la petición de consulta en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término. Estos plazos están fijados en el artículo 14 de la LEPD.

Una vez agotado el trámite de consulta, el Titular o causahabiente podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

8.2. Derechos de quejas y reclamos

El Titular de los datos puede ejercitar los derechos de reclamo sobre sus datos mediante un escrito dirigido a FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA enviado mediante correo electrónico contacto@fealianza.com, indicando en el Asunto “Ejercicio del derecho de acceso o consulta”, a través de correo postal remitido a la Cll 57 No. 48-28 en la ciudad de Medellín o ingresando a la pagina web: www.fealianza.com opcion PQRS La solicitud deberá contener los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos del Titular.
  • Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del Titular y, en su caso, de la persona que lo representa, así como del documento acreditativo de tal representación.
  • Descripción de los hechos y petición en que se concreta la solicitud de corrección, supresión, revocación o inflación.
  • Dirección para notificaciones, fecha y firma del solicitante.
  • Documentos acreditativos de la petición formulada que se quieran hacer valer, cuando corresponda.

Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.

 

Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.

FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA resolverá la petición de consulta en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender al reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

Una vez agotado el trámite de reclamo, el Titular podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

9. Medidas de seguridad

FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA, con el fin de cumplir con el principio de seguridad consagrado en el artículo 4 literal g) de la LEPD, ha implementado medidas técnicas, humanas y administrativas necesarias para garantizar la seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

Por otra parte, FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA mediante la suscripción de los correspondientes contratos de transmisión, ha requerido a los encargados del tratamiento con los que trabaje la implementación de las medidas de seguridad necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de la información en el tratamiento de los datos personales.

A continuación se exponen las medidas de seguridad implantadas por FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA, que están recogidas y desarrolladas en su Manual Interno de Seguridad (Tablas II, III, IV y V).

 

Tabla II. Medidas de seguridad comunes para todo tipo de datos (públicos, semiprivados, privados, sensibles) y bases de datos (automatizadas, no automatizadas)

Gestión de documentos y soportes Control de acceso Incidencias Personal Manual Interno de Seguridad

1. Medidas que eviten el acceso indebido o la recuperación de los datos que han sido descartados, borrados o destruidos.

2. Acceso restringido al lugar donde se almacenan los datos.

3. Autorización del responsable para la salida de documentos o soportes por medio físico o electrónico.

4. Sistema de etiquetado o identificación del tipo de información.

5. Inventario de soportes.

1. Acceso de usuarios limitado a los datos necesarios para el desarrollo de sus funciones.

2. Lista actualizada de usuarios y accesos autorizados.

3. Mecanismos para evitar el acceso a datos con derechos distintos de los autorizados.

4. Concesión, alteración o anulación de permisos por el personal autorizado

1. Registro de incidencias: tipo de incidencia, momento en que se ha producido, emisor de la notificación, receptor de la notificación, efectos y medidas correctoras.

2. Procedimiento de notificación y gestión de incidencias.

1. Definición de las funciones y obligaciones de los usuarios con acceso a los datos

2. Definición de las funciones de control y autorizaciones delegadas por el responsable del tratamiento.

3. Divulgación entre el personal de las normas y de las consecuencias del incumplimiento de las mismas

1. Elaboración e implementación del Manual de obligado cumplimiento para el personal.

2. Contenido mínimo: ámbito de aplicación, medidas y procedimientos de seguridad, funciones y obligaciones del personal, descripción de las bases de datos, procedimiento ante incidencias, procedimiento de copias y recuperación de datos, medidas de seguridad para el transporte, destrucción y reutilización de documentos, identificación de los encargados del tratamiento.

 


Tabla III. Medidas de seguridad comunes para todo tipo de datos (públicos, semiprivados, privados, sensibles) según el tipo de bases de datos

Bases de datos no automatizadas Bases de datos automatizadas
Archivo Almacenamiento de documentos Custodia de documentos Identificación y autenticación Telecomunicaciones
1. Archivo de documentación siguiendo procedimientos que garanticen una correcta conservación, localización y consulta y permitan el ejercicio de los derechos de los Titulares. 1. Dispositivos de almacenamiento con mecanismos que impidan el acceso a personas no autorizadas. 1. Deber de diligencia y custodia de la persona a cargo de documentos durante la revisión o tramitación de los mismos

1. Identificación personalizada de usuarios para acceder a los sistemas de información y verificación de su autorización.

2. Mecanismos de identificación y autenticación; Contraseñas: asignación, caducidad y almacenamiento cifrado.

1. Acceso a datos mediante redes seguras.


 
 
Tabla IV. Medidas de seguridad para datos privados según el tipo de bases de datos

Bases de datos automatizadas y no automatizadas Bases de datos automatizadas
Auditoría Responsable de seguridad Manual Interno de Seguridad Gestión de documento s y soportes Control de acceso Identificación y autenticación I Incidencias

1. Auditoría ordinaria (interna o externa) cada dos meses.

2. Auditoría extraordinaria por modificaciones sustanciales en los sistemas de información.

3. Informe de detección de deficiencias y propuesta de correcciones.

4. Análisis y conclusiones del responsable de seguridad y del responsable del tratamiento.

5. Conservación del Informe a disposición de la autoridad.

1. Designación de uno o varios responsable de seguridad.

2. Designación de uno o varios encargados del control y la coordinación de las medidas del Manual Interno de Seguridad.

3. Prohibición de delegación de la responsabilida d del responsable del tratamiento en el responsable de seguridad.

1. Controles periódicos de cumplimiento 1. Registro de entrada y salida de documentos y soportes: fecha, emisor y receptor, número, tipo de información, forma de envío, responsable de la recepción o entrega 1. Control de acceso al lugar o lugares donde se ubican los sistemas de información. 1. Mecanismo que limite el número de intentos reiterados de acceso no autorizados

1. Registro de los procedimientos de recuperación de los datos, persona que los ejecuta, datos restaurados y datos grabados manualmente.

2. Autorización del responsable del tratamiento para la ejecución de los procedimientos de recuperación.


 
Tabla V. Medidas de seguridad para datos sensibles según el tipo de bases de datos

Bases de datos no automatizadas Bases de datos automatizadas
Control de acceso Almacenami ento de d Almacenami ento de documentos Copia o reproducción Traslado de documenta ción Gestión de document os y soportes Control de acceso Telecomunicaci ones

1. Acceso solo para personal autorizado.

2. Mecanismo de identificación de acceso.

3. Registro de accesos de usuarios no autorizados.

1. Archivadores, armarios u otros ubicados en áreas de acceso protegidas con llaves u otras medidas.

1. Solo por usuarios autorizados

2. Destrucció n que impida el acceso o recuperació n de los datos.

1. Medidas que impidan el acceso o manipulación de documentos.

1. Sistema de etiquetado confidencia l

2. Cifrado de datos.

3. Cifrado de dispositivos portátiles cuando salgan fuera.

1. Registro de accesos: usuario, hora, base de datos a la que accede, tipo de acceso, registro al que accede.

2. Control del registro de accesos por el responsable de seguridad. Informe mensual.

3. Conservación de los datos: 2 años.

1. Transmisión de datos mediante redes electrónicas cifradas.



 
10. Transferencia de datos a terceros países

De acuerdo con el Título VIII de la LEPD, se prohíbe la transferencia de datos personales a países que no proporcionen niveles adecuados de protección de datos. Se entiende que un país ofrece un nivel adecuado de protección de datos cuando cumpla con los estándares fijados por la Superintendencia de Industria y Comercio sobre la materia, los cuales en ningún caso podrán ser inferiores a los que la presente ley exige a sus destinatarios. Esta prohibición no regirá cuando se trate de:

  • Información respecto de la cual el Titular haya otorgado su autorización expresa e inequívoca para la transferencia
  • Intercambio de datos de carácter médico, cuando así lo exija el tratamiento del Titular porrazones de salud o higiene pública.
  • Transferencias bancarias o bursátiles, conforme a la legislación que les resulte aplicable.
  • Transferencias acordadas en el marco de tratados internacionales en los cuales la República de Colombia sea parte, con fundamento en el principio de reciprocidad.
  • Transferencias necesarias para la ejecución de un contrato entre el Titular y el responsable del tratamiento, o para la ejecución de medidas precontractuales siempre y cuando se cuente con la autorización del Titular.
  • Transferencias legalmente exigidas para la salvaguardia del interés público, o para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial.

En los casos no contemplados como excepción, corresponderá a la Superintendencia de Industria y Comercio proferir la declaración de conformidad relativa a la transferencia internacional de datos personales. El Superintendente está facultado para requerir información y adelantar las diligencias tendentes a establecer el cumplimiento de los presupuestos que requiere la viabilidad de la operación.

Las transmisiones internacionales de datos personales que se efectúen entre un responsable y un encargado para permitir que el encargado realice el tratamiento por cuenta del responsable, no requerirán ser informadas al Titular ni contar con su consentimiento, siempre que exista un contrato de transmisión de datos personales."

 

11. Vigencia

Las bases de datos es responsabilidad del FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA, serán objeto de tratamiento durante el tiempo que sea razonable y necesario para la finalidad para la cual son recabados los datos.

Una vez cumplida la finalidad o finalidades del tratamiento, y sin perjuicio de normas legales que dispongan lo contrario. El FONDO DE EMPLEADOS ALIANZA, procederá a la supresión de los datos personales en su posesión salvo que exista una obligación legal o contractual que requiera su conservación. Por todo ello, dicha base de datos ha sido creada sin un periodo de vigencia definido. La presente política de tratamiento permanece vigente desde lunes, 08 de mayo de 2017.

 

Actualizada: 27 de diciembre de 2022